VALIDACIONES GRÁFICAS GML

Cadastro – Registro

La Ley Hipotecaria y el texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, tras su reforma por la Ley 13/2015, de 24 de junio, establecen un sistema de coordinación entre el Catastro Inmobiliario y el Registro de la Propiedad, para que éste incorpore la descripción gráfica georreferenciada de las fincas registrales, utilizando como base la cartografía catastral. Con ello se persigue dar más seguridad a los datos de ubicación, delimitación y superficie de las fincas registrales que son objeto del tráfico jurídico.

El informe de validación gráfica (GML) es el resultado del servicio de validación de bases gráficas georeferenciadas alternativas, que permite saber si una representación gráfica alternativa ya elaborada, diferente de la catastral, cumple los requisitos técnicos anteriormente mencionados, y en particular la compatibilidad con la representación de las parcelas que figuran en la cartografía catastral. El informe de validación gráfica, en ningún caso valida que las operaciones jurídicas que dan lugar a la nueva configuración de las parcelas ajusten a la legalidad vigente o dispongan de las autorizaciones necesarias de la administración o autoridad pública correspondiente.

El informe de validación es el medio idóneo para incluir la representación gráfica alternativa en una escritura. El informe de validación gráfica es un documento electrónico firmado por la Dirección General de Catastro mediante código seguro de verificación. El informe de validación evita el intercambio físico de archivos informáticos, permite visualizar la nueva representación y habilita la captura automatizada de su contenido impidiendo posibles errores de transcripción.

Si el informe de validación es positivo contendrá la representación gráfica catastral que resultaría de la alteración catastral de las parcelas, un listado de coordenadas de sus vértices, y la superficie obtenida. Asimismo se incluirán en el mismo los datos del informe suscrito por técnico competente, cuando hubiera intervenido.

Si los notarios o registradores incluyen en la escritura o se inscriben la representación gráfica alternativa validada previamente por el Catastro, podrán incorporar el código seguro de verificación del informe positivo de validación para el envío de los datos gráficos aL Catastro, que servirán para que éste realice la actualización o rectificación que corresponda.

Cuando el resultado de la validación es negativo, el informe expresará los errores o defectos advertidos y las parcelas catastrales afectadas no incluidas en la representación gráfica remesa.

Existen dos tipologías de informes de validaciones gráficas:

. Las de parcel.la: Validación gráfica frente un parcelario catastral (IVG)

. Las de construcciones: Informe catastral de ubicación de las construcciones (ICUC)

Según cual sea el objetivo del cliente deberá generar una u otra, o ambas.

  1. Estudio de las necesidades del cliente según requerimiento recibido u objetivo.
  2. Preparación de la base para la creación de la validación gráfica.
  3. Generación de la validación gráfica.
  4. Obtención del informe correspondiente.

 

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