LICENCIA DE OBRAS

Arquitectura

Para construir, reformar o de cualquier actuación tenemos que seguir una serie de normas y condiciones descritas en la normativa y se deben tomar las medidas necesarias para evitar daños en las propiedades de terceros y las obras deben ser compatibles con la actividad del municipio.

La licencia de obras se tramitará a través del Ayuntamiento correspondiente, por lo tanto, antes de realizar cualquier obra, es necesario que consulte a su ayuntamiento, para que cada consistorio establece en sus ordenanzas la clasificación concreta de las obras, que siempre depende de su complejidad.

Las licencias pueden ser para obras de tipo:

Obras mayores o licencia urbanística: Construcción y edificación de nueva planta, gran rehabilitación, reforma o rehabilitación con cambio de uso a residencial, movimientos de tierras, movimientos de tierra explanaciones de los terrenos, derribo total o parcial de edificaciones, construcción de piscinas, instalación de invernaderos o instalaciones similares con muros perimetrales <1 metro de altura, tala de masas arbóreas o de vegetación arbustiva, apertura, pavimentación y modificación de caminos rurales, instalación de casas prefabricadas o instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes, etc…

Obras menores o comunicación previa tipo 2: Reforma para cambio de uso (no residencial), colocación de anuncios tipo tótems, carteleras o vallas publicitarias cuando se prevean con estructura, obras de reforma interiores que modifiquen la distribución y / o afecten parcialmente la estructura del edificio sin modificar el número de entidades y que no supongan ampliaciones de superficie o volumen construido, rehabilitación o pintado de fachadas, medianeras y patios, de altura superior a planta primera, instalación de ascensores, construcción de muros, instalación de vallas, instalación de bajantes, chimeneas y otras instalaciones comunes, instalaciones de aire acondicionado y de placas solares, instalación de pérgolas y toldos, tala de árboles, etc…

Comunicación previa o comunicación previa tipo 1: Obras en el interior de viviendas que no modifiquen distribución, estructuras ni fachada, obras y actuaciones en el interior de locales que no modifiquen distribución, estructuras, fachada y no alteren, en su caso, las condiciones de la actividad existente, obras de mejora en el interior de vestíbulos y escaleras comunitarias que no modifiquen distribución ni estructura, actuaciones de pintura y rehabilitación de fachadas y patios de luces, actuaciones en jardines y solares, etc…

Dependiendo del tipo de licencia de obras que necesites deberás presentar unos documentos u otros (proyecto técnico, asume de obra, declaraciones responsables del técnico …) y su clasificación también dependerá de cada Ayuntamiento.

¿Necesitas una licencia de obras y no sabes de qué tipo tienes que solicitar ni qué documentos debes presentar? ¿Quieres que gestionamos la tramitación de la licencia de obras para ti? ¡CONTÁCTANOS!